El abogado de la parte demandante contra Marina Sequeiros Montesinos, José Antonio Olivares, sostuvo que hay “intereses” promovidos por la destituida alcaldesa con el objetivo de desestabilizar al gobierno local. Dijo esperar que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) “no borre con el codo lo que ya hizo con la mano”, pues ya se designó otro alcalde en reemplazo de Sequeiros. “Yo creo que con otra resolución de menor jerarquía no se puede anular lo fallado y por mandato constitucional es irrevisable”, acotó.
Olivares señaló que si este recurso extraordinario de revisión prospera “significaría que el JNE dejaría sin efecto lo que resolvió como fondo” y que es conocido por todos. “Marina Sequeiros ha convertido la municipalidad en un negocio familiar y eso es conocido como delito de nepotismo lo que ha causado su vacancia y no creo que el JNE se preste a este juego”, observó.
Además indicó que la propia Marina Sequeiros habría mencionado que tendría a su favor a la señora Greta Minaya, una de las integrantes del JNE, y “esto pondría en tela de juicio no solamente la estabilidad del estado de derecho si no que se estaría poniendo en riesgo la paz social en el Cusco”.
Asimismo, indicó que la supuesta relación con Minaya acarrearía intereses económicos muy grandes, según los hechos suscitando en torno a este tema y a las versiones en algunos medios de comunicación sobre una fuerte suma de dinero de por medio, lo que haría pensar que el factor económico primaria en estos asuntos. Esperemos que se trate de simples rumores y que el debido proceso se respete, señaló.
Olivares además dio a conocer que la situación del recurso extraordinario de revisión está pendiente de ser resuelto y que si se habla de resultados el JNE debió haberse pronunciado a los tres días de planteado este recurso. Como se sabe han transcurrido tres meses y aún no lo ha hecho, de manera que los plazos para el organismo electoral demostraría una ineficiencia en su funcionamiento, ya que los plazos correrían para las partes y no para la autoridad.
Según su parecer, los plazos ya vencieron por que la propia resolución 306 del 2005 del JNE establece que el tiempo para plantear el recurso extraordinario de revisión son tres días después de notificada la resolución y pone final al procedimiento. El Jurado debe de resolver en los días siguientes, por lo que en este caso ya se habría gestado una suerte de caducidad, observó olivares.